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    ¿Pereza fiscal en el municipio de Quibdó?: análisis del desempeño fiscal, transferencias del SGP e ingresos propios entre 2008-2013

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    El propósito de este artículo será, analizar si ha existido pereza fiscal en el municipio de Quibdó entre el año 2008 y 2013, en respuesta al proceso de descentralización fiscal en Colombia dada la reforma a la Constitución Política de 1991, ya que la realidad de algunas regiones en el país ha demostrado, que para tener un acertado desarrollo de políticas públicas encaminadas al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes de manera sostenible, ha sido necesario un adecuado compromiso en la administración de los recursos del gobierno, mediante el uso eficiente del sistema nacional de financiación de las entidades territoriales, por el esfuerzo fiscal de los administradores Públicos mediante la generación de rentas propias, o por la priorización del gasto público, potenciando los recursos en favor del desarrollo loca

    Federal transfers, interregional inequality and redistribution in Latin America

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    Esta investigación analiza el impacto de las transferencias federales y del gasto subnacional en el desarrollo humano y la equidad interregional. Los datos de transferencias y gasto subnacional en Argentina, Brasil, México, Chile y Colombia, entre 1983-2011, indican que el poder redistributivo del gobierno central está asociado con mejoras en la equidad interregional, pero no con mejores valores de desarrollo humano, exactamente al contrario de lo que sucede con el gasto social subnacional.This work analyzes the impact of federal transfers and subnational expenditure in human development and interregional equity. Data on federal transfers and subnational spending in Argentina, Brazil, Mexico, Chile, and Colombia, between 1983 and 2011, indicate that the redistributive power of the central government is statistically associated with improvements in interregional equity but not with better values in the human development index. Exactly the opposite results are found for subnational social spending.Fil: Gonzalez, Lucas Isaac. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina. Universidad Nacional de San Martín. Escuela de Política y Gobierno; Argentina. Pontificia Universidad Católica Argentina "Santa María de los Buenos Aires". Facultad de Ciencias Sociales, Políticas y de la Comunicación. Instituto de Ciencias Políticas; Argentin

    Opciones de política económica en el Perú 2011-2015

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    Este trabajo forma parte de un conjunto de propuestas de política económica en diferentes sectores elaboradas por profesores del Departamento de Economía. Estas propuestas fueron elaboradas de cara al proceso electoral del 2011.Descentralización, desarrollo regional, Perú

    Profesionalización docente y la calidad de la educación escolar en Colombia

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    This paper aims to study the impact of teachers´ professionalization degree on the quality of schools, measured by student performance on the standardized test SABER11. We use instrumental variables (IV) models, in order to overcome possible endogeneity problems. The results indicate that the professionalization degree has a positive effect on students´ performance. This effect is more noticeable in math than in language. Moreover, we find that public spending on education is positively correlated with degree of professionalization, while the adoption of the New Statute of 2002 has a negative impact. Resumen: El presente documento tiene por objetivo estudiar el impacto del grado de profesionalización de los docentes sobre los resultados en la calidad de la educación escolar, medida a través del desempeño académico de los estudiantes en la prueba SABER 11. Para esto, se emplean modelos de variables instrumentales (VI) que permiten enfrentar los posibles problemas de endogeneidad. Los resultados muestran que el grado de profesionalización docente tiene un efecto positivo sobre el desempeño de los alumnos, y que el impacto tiende a ser mayor en el área de matemáticas que en la de lenguaje. Además, se encuentra que el gasto público en educación incide positivamente sobre la profesionalización de los docentes, mientras que la adopción del Estatuto de profesionalización docente de 2002 tiene un efecto negativo.Evaluación de impacto, profesionalización docente, calidad de la educación,variables instrumentales.

    Desempeño fiscal de las entidades territoriales.

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    36 páginasLa descentralización es un proceso que se ha planteado en diversas épocas de la historia de Colombia, la cual busca distribuir el poder y la asignación de recursos entre los diferentes niveles de gobierno. En la mayoría de los casos, el propósito de la descentralización es “transferir a los gobiernos locales atribuciones, recursos, información y decisiones, descongestionar el proceso de gobierno y dar mayor consistencia al Estado y a la sociedad misma” (Ortegón, 2008, p. 121). En Colombia, a partir de 1980, la discusión sobre la descentralización se intensificó, culminando con la aprobación de la Constitución Política de 1991, en la cual se determinó que la estrategia adecuada para el desarrollo del país era el fortalecimiento de la descentralización fiscal y política. En efecto, la organización del Estado colombiano a partir de 1991 se erigió a través de una combinación entre un sistema centralizado, en el cual el Gobierno nacional central mantiene funciones legislativas y jurisdiccionales, y un sistema descentralizado, en el cual un porcentaje de los recursos públicos se ejecutan localmente, con mayor autonomía por parte de las entidades territoriales (municipios y departamentos) en relación con decisiones políticas, fiscales y administrativas (Cárdenas, 2020, p. 173). En Colombia, las entidades territoriales, departamentos y municipios, a partir de la des- centralización, cuentan no solo con recursos provenientes del Gobierno nacional, que tienen el propósito de compensar los desequilibrios y las des- igualdades entre las entidades territoriales (Daughters & Harper, 2007), sino con el manejo de las finanzas públicas locales con miras a responder a las necesidades de interés colectivo. La respuesta de los diferentes Gobiernos territoriales se sucede a través de la gestión pública: en la estructura tributaria y en la estructura de gasto. Como resultado de este fortalecimiento, los Gobiernos locales y regionales han administrado un porcentaje creciente del gasto público total. Con la descentralización, las decisiones de los políticos locales están más cerca de las demandas por bienes y servicios de los ciudadanos, con lo cual la gestión pública territorial ha contribuido a mejorar el nivel de vida de la población. La gestión local y departamental es guiada por la política pública que busca una provisión eficiente de bienes y servicios públicos como educación, salud, infancia, infraestructura, y seguridad, entre otros. Política pública que se sustenta en la existencia de un Estado pluralista que, en un marco jurídico-político y una administración pública, garantiza la coordinación y la cooperación de los miembros de la comunidad. Una buena gestión pública denota la incidencia de las decisiones que se toman en con- sideración al bien colectivo. Decisión que es acompañada con recursos que provienen de la estructura tributaria de los municipios y departamentos, de las regalías que percibe y de las transferencias que recibe de otros niveles de gobierno. Si los recursos no son suficientes, los Gobiernos tendrán que usar los recursos del crédito para financiar las necesidades de la estructura de gasto sin poner en riesgo la entidad territorial. Es importante señalar que, de acuerdo con la Comisión de Expertos para la Equidad y la Competitividad Tributaria (2015), son reconocidas las ineficiencias que presenta la estructura tributaria territorial, como resultado de la complejidad, lo disperso, lo costoso, lo desactualizado y lo difícil de administrar de ciertos tributos, lo cual afecta el desenvolvimiento de las actividades económicas y el desarrollo de los Gobiernos locales y departamentales. Se espera que las entidades territoriales al perfeccionar la estructura tributaria puedan tener mayor autonomía, fortalecer la institucionalidad, mejorar el financiamiento de la política pública, aumentar la discrecionalidad del gasto y proveer bienes colectivos locales necesarios para el desarrollo de la actividad privada (Comisión de Estudio del Sistema Tributario Territorial, 2020). El fortalecimiento de la estructura tributaria, junto con los recursos aprobados recientemente del Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2021-2022, que asciende a 17.25 billones, darán un impulso a la inversión de las entidades territoriales, que contribuirá a la recuperación económica de las regiones, después de la recesión económica que afrontaron a raíz de la pandemia por la COVID-19. En este capítulo se analiza el proceso de descentralización colombiano y su impacto en el desempeño fiscal de las entidades territoriales. Adicionalmente, se discutirá el papel de las regiones en la recuperación económica en época de la pospandemia a raíz de la COVID-19. Para realizar este análisis, el capítulo se divide en seis apartados. La sección dos ofrece una descripción de la estructura institucional actual del país. La tercera sección presenta un trasfondo histórico del proceso de descentralización colombiano, destacando las medidas tomadas desde la década de los ochenta. Esta sección pone especial énfasis en los cambios constitucionales y en la regulación que fortaleció la descentralización fiscal. La cuarta sección evalúa el desempeño fiscal de los departamento y municipios durante el periodo de vigencia de la descentralización en el país. Adicionalmente, se evalúa el papel del Sistema General de Regalías en la financiación de proyectos de inversión de los departamentos y municipios del país. En la quinta sección se presenta un panorama general del efecto de la pandemia sobre las finanzas territoriales y se evalúa el papel que los Gobiernos subnacionales pueden jugar en la recuperación economía durante la pospandemia. En la última sección se presentan las conclusiones

    Descentralización fiscal y crecimiento económico en el Ecuador: evidencia de datos de panel comparados en América Latina, y a nivel provincial y municipal, 2000-2018

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    [ES] El objetivo de la presente investigación pretende determinar la relación entre descentralización fiscal y crecimiento económico para el caso ecuatoriano. El trabajo se ha estructurado en cinco capítulos. En el Capítulo I: Marco teórico, me he centrado en la revisión teórica y de evidencia empírica de la relación entre descentralización Fiscal y Crecimiento Económico, analizando a profundidad los estudios teóricos y los estudios empíricos, desde las perspectivas tradicionales u ortodoxas, y las perspectivas alternativas o heterodoxas, que permita determinar el estudio desde el rol del estado y la inversión pública, y ya no desde el mecanismo del agente representativo utilizando al estado para sus fines. Para ello, se aborda toda la conceptualización sobre descentralización, en la cual se hace la diferencia de la visión ortodoxa de descentralización centrada en el agente representativo y la fiscalidad federal, y la visión heterodoxa, sobre la descentralización fiscal en torno al rol del estado desde la inversión pública. También, se aborda toda la conceptualización de crecimiento económico, los modelos económicos y los problemas para alcanzar el crecimiento económico, desde las dos visiones económicas, la ortodoxia y la heterodoxia, terminando en un apartado crítico sobre el crecimiento económico centrado en el post crecimiento y el post desarrollo que culmina en el Buen Vivir, en una configuración de entendimiento de la descentralización fiscal y el desarrollo. En el Capítulo II: La Descentralización en Ecuador, se analiza y estudia como una forma de entendimiento histórico, lo que se ha llevado a cabo durante varias décadas respecto a la descentralización fiscal. Se analiza y discute el enfrentamiento político, la dinámica política en la descentralización fiscal del Ecuador, así como los procesos que se han llevado a cabo. Para ello, se discute ampliamente a partir de lo político y de normativa, el tránsito de la centralización a la descentralización en el Ecuador, sostenido desde el debate tanto académico como político, hasta el proceso final de descentralización definido en la Constitución Política del Ecuador 2008, y concretada a través del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) del año 2010. En el Capítulo III: Metodología, la investigación utilizada es la cuantitativa, por cuanto se busca una relación entre dos variables, descentralización fiscal y crecimiento económico. Por ello, se utiliza un modelo de regresión múltiple basado en datos de panel a nivel Municipal, Provincial en el Ecuador, y de países en América Latina, que aplicará un análisis estadístico basado en la inferencia, que permita detallar la causalidad existente entre las variables dependiente e independiente. Esta investigación cuantitativa será confirmatoria, inferencial y deductiva, por cuanto emplea la teoría y conceptualización determinada para poder recolectar los datos. Se elabora tres modelos econométricos cuya naturaleza corresponde a un panel balanceado con un conjunto de unidades en sección cruzada. Para los tres modelos: América Latina, Prefecturas de Ecuador, Municipios de Ecuador, se ha procedido a realizar 8 modelos diferentes, con sus distintas correcciones de heterogeneidad, autocorrelación, heterocedasticidad, correlación contemporánea; así como los test de Ramsey, Wald, Breusch y Pagan, Hausmann, y Wooldridge. El primer modelo se aplica a catorce países de América Latina en el período 2000-2018. Posteriormente se analiza el caso ecuatoriano a partir de la evidencia empírica de la descentralización en las veinte y cuatro provincias para el período 2000-2018, que están ordenadas en periodos anuales de tiempo (2000-2018). El último modelo recoge la evidencia de nueve municipios del Ecuador, para el mismo período de tiempo, de modo que se identifique la relevancia de este nivel de gobierno en los procesos de descentralización. En estos modelos se plantea como variable dependiente el PIB pc (proxy del crecimiento económico), y las variables de interés y control (proxies de la descentralización fiscal), la inversión pública, el consumo público, la ratio de exportaciones, la pobreza, y la inflación. El Capítulo IV: Resultados, encuentra que una mayor descentralización fiscal incide en el crecimiento económico. Se evidencia en todos los modelos, un impacto positivo y significativo de la inversión y consumo público hacia el PIB per cápita. De acuerdo a la descentralización se tienen dos efectos: la inversión pública per cápita tiene mayor impacto en procesos después de la descentralización, mientras que el consumo público per cápita genera mayor impacto en procesos sin descentralización. Finalmente, se acepta la hipótesis nula que la descentralización Fiscal afecta el crecimiento económico, y no existe un cambio estructural en las pendientes del modelo en la variable inversión pública. De modo que, no es necesario crear variables ficticias para recoger el cambio en el coeficiente de inversión pública. El Capítulo V: Conclusiones y Recomendaciones, se aborda los principales resultados encontrados en la investigación, y hace algunas recomendaciones tanto para estudios futuros, cuanto por la importancia de entender la relación entre descentralización Fiscal y Crecimiento Económico

    La educación en el departamento del Atlántico su calidad y cobertura de acuerdo al régimen de transferencias y la autonomía de los entes territoriales

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    Dentro del contexto jurídico-económico global, irrumpe en Colombia un nuevo orden constitucional, al promulgarse en 1991 la actual Constitución Política (Colombia. Asamblea Nacional Constituyente, 1991) con una concepción post moderna y la adopción de un nuevo modelo de Estado, superando al Estado de derecho para pasar a un nivel de umbral más avanzado, de mayor extensión y efectos íntimamente ligados al reconocimiento de la dignidad del hombre y a otros postulados que lo edifican como el centro de toda actividad y accionar del Estado a través de sus diversas autoridades; ese nuevo Estado es el Estado social de derecho. El Estado social de derecho es un modelo que exige una estructura económica solida ya que pretende garantizar derechos sociales entre los cuales encontramos el derecho a la educación, y que se convierte en uno de los programas bandera no sólo del gobierno nacional, sino del gobierno local. Así, el propósito de la constituyente del año 1991 fue fortalecer las finanzas intergubernamentales, para responder a las necesidades de ese nuevo modelo estatal que requiere una estructura económica fortalecida sobre unos principios fundamentales para corresponder a su realidad social. Por ende, bajo la figura del Estado social de derecho, se han concebido regulaciones de instituciones y tópicos referentes a principios, deberes y valores constitucionales que se hilvanan con el resto de las normas constitucionales, tratados, convenciones y cartas de derechos universalmente aceptadas, que hacen parte del orden jurídico interno a través del bloque de constitucionalidad; existiendo así una estrecha y armónica relación entre la parte dogmática y la parte orgánica, donde se incluye los principios de la hacienda pública como un todo simétrico, diseñado como hilo conductor de todo el engranaje político, jurídico, económico y filosófico que inspiró al constituyente de 1991. En efecto, la nueva Carta Política en aras de fortalecer el fisco y la descentralización territorial no sólo consagró como principio fundante del Estado social y democrático de derecho, la descentralización territorial y la autonomía de los entes que la conforman, sino que amplió el plexus de sus obligaciones y responsabilidades con el firme propósito del cumplimiento efectivo de sus deberes y carga obligacional que desde el centro se trasladó a la periferia intencionalmente para permitir más recursos y mayor participación a las comunidades en el proceso de toma de decisiones políticas1. Lo anterior engloba un Estado social lejos de un Estado gendarme; propone un Estado evolucionado capaz de garantizar derechos fundamentales que generalmente encierran un contenido económico y que requieren una capacidad económica del Estado que lo profesa ya que su fin último es la satisfacción de los derechos sociales2; esta ampliación de la actividad estatal justifica un andamiaje jurídico que le permita un equilibrio económico entre los gastos generados a raíz de estas responsabilidades y obligaciones y los ingresos obtenidos por la estructura del sistema fiscal. Es decir, un Estado social debe ser un Estado económicamente sostenible. En un Estado social de derecho organizado en forma de República Unitaria descentralizada, los gastos generados por la obligación que nace de garantizar los diferentes derechos sociales, especialmente, los reconocidos a esa población vulnerable como lo es la de los niños en situación de pobreza, que no tienen derecho a educación en los entes territoriales; son reconocidos como una aspecto relevante, aquí la discusión se torna alrededor de la repartición más apropiada de los recursos fiscales entre autoridades nacionales y locales. En pocas palabras, se analiza que la descentralización no significará tan sólo la creación de autoridades en entes territoriales, sino también la distribución eficiente de los recursos. Lo anterior, permitió el escenario propicio para esbozar los contenidos normativos de los Artículos 356 y 357 de la Carta Magna con la sólida orientación filosófica jurídica y económica de brindar a los entes territoriales y gobiernos sub-nacionales los recursos necesarios y suficientes para acometer la meritoria, pero exigente tarea de la prestación de los servicios de educación en los niveles preescolar, primaria, secundaria media y en el sector salud, buscando con ello garantizar la total cobertura y calidad. Así las cosas, en ese interregno nacen las llamadas transferencias y distribución de recursos, que luego de las reformas constitucionales que les introdujeron a los originales Artículos 356 y 357 de la norma normarum, pasaron a llamarse sistema general de participaciones. Según autores como Restrepo (2012) el hecho de que ciertas prioridades del gasto público se puedan apreciar con mayor inmediación a nivel local, y así mismo, el hecho de que el control político del gasto público y su evaluación pueda hacerse también con más eficiencia tratándose de inversiones decididas a nivel local, indica que independientemente de sus justificaciones políticas – desde el punto de vista de la eficiencia, esta forma de tomar decisiones puede apoyar de manera más apropiada el desarrollo económico que si todo el proceso de asignación del gasto es realizado a nivel central (p. 557). Dicho de otro modo, el nivel de autonomía de los entes territoriales no sólo se debe reflejar en la capacidad de decisión de sus autoridades, sino también en la distribución de los recursos para la progresiva prestación de los servicios públicos de acuerdo con las prerrogativas del Derecho internacional de los Derechos Humanos. Con respeto a lo anterior, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales impone una obligación vinculante a los Estados Parte de lograr el desarrollo progresivo de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales3. Por todo lo anterior, el objeto de este estudio inicialmente es determinar el impacto generado por las reformas al régimen de transferencias y su incidencia en la distribución de recursos, como desarrollo de la autonomía de los entes territoriales con respecto a la eficiencia administrativa en el sector educativo del departamento del Atlántico en los años comprendidos entre el 2001 y el 2016. Este documento investigativo está dividido en tres capítulos que a todas luces pretende exaltar los principios de las finanzas intergubernamentales, tomando una muestra para su análisis y discusión. En el primer capítulo se abordan inextenso las figuras de las transferencias en la Constitución de 1991, y su reglamentación legal, aportando un recorrido por las consecuencias que han generado las reformas al régimen de transferencias y distribución de recursos en la eficiencia administrativa especialmente en el sector educativo del departamento del Atlántico, entre los años 2001-2016. Posteriormente, se analiza si las transferencias y distribución de recursos en el sector educativo departamento del Atlántico están diseñadas bajo parámetros, criterios de igualdad, proporcionalidad, equidad y crecimiento en la distribución de los recursos, acorde con lo estipulado con las normas analizadas de nuestro ordenamiento jurídico. Seguidamente se hace referencia a algunas evidencias acerca de si las transferencias y distribución de recursos en el sector educativo departamento del Atlántico, ha disminuido la calidad y cobertura educativa en el período comprendido entre los años 2011-2016. Por último, se dan a conocer las conclusiones y hallazgos que sustentan la hipótesis propuesta en el presente trabajo. Por lo anterior, se espera que esta investigación pueda constituir una obra de consulta para estudiantes, profesores, investigadores y funcionarios públicos que busquen profundizar en el tema estudiado. La investigación se realizó dentro del contexto del Departamento del Atlántico, pero con una visión jurídica que trasciende el marco nacional e internacional. Esta investigación es importante porque constituye un novedoso estudio sobre el tema, amén de ser el primero en abordar el impacto de las reformas al régimen de las transferencias en la educación del Departamento del Atlántico, cuando se privilegia la centralización o reconcentración ante la descentralización, permitiendo con ello el incumplimiento del cometido estatal en la prestación de un servicio público como lo es la educación, rompiéndose también el equilibrio que condensó el constituyente desde el Artículo 1º hasta el 356 y 357 de la Carta Política, estableciéndose en bibliografía obligada para las autoridades departamentales a quienes les corresponde por atribución constitucional y legal asumir la meritoria la cual consiste en la tarea de administrar los beneficios que representan los servicios de educación en los niveles que le competen. Así mismo debe constituir un antecedente para que la comunidad atlanticense y en general los padres de la patria puedan auspiciar reformas constitucionales y legales con un fundamento jurídico filosófico y económico condensado en el trabajo investigativo, en aras de superar el efecto negativo de los Actos Legislativos No. 01 de 2002 y 04 de 2007 y su séquito reglamentario.Universidad Libre - Facultad de Derecho - Doctorado en Derech

    Treinta años de Finanzas Públicas en San Andrés Islas: de la autosuficiencia a la dependencia fiscal

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    Since 2001 public finances of the Department Archipelago have been subject to the agreement of 1999 of debt agreement restructuring of Law 550 or Bankruptcies law. Although this agreement established measures in order to increase institutional strength, which would account for the improvement of financial and administrative management, the revenue raise and the rationalization of government´s expenditures, the state administration failed to gain back its fiscal autonomy. The aim of this study consists of analyzing the evolution of the State´s public finances main components for the period 1980-2009. RESUMEN: Desde el año 2001 las finanzas públicas del Departamento Archipiélago de San Andrés Islas han estado sujetas al acuerdo de 1999 de reestructuración de pasivos en el marco de la Ley 550 o Ley de Quiebras. A pesar de que este acuerdo estableció la adopción de medidas de fortalecimiento institucional que condujeron a mejorar la gestión financiera y administrativa, aumentar los ingresos fiscales y racionalizar el gasto público, la administración departamental no ha logrado retomar su autonomía fiscal. El propósito de este estudio es analizar la evolución de los principales componentes de las finanzas públicas del Departamento Archipiélago para el período 1980-2009.Finanzas públicas, San Andrés Islas, situación fiscal, finalidad del gasto.

    La educación en el departamento del Atlántico su calidad y cobertura de acuerdo al régimen de transferencias y la autonomía de los entes territoriales

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    Dentro del contexto jurídico-económico global, irrumpe en Colombia un nuevo orden constitucional, al promulgarse en 1991 la actual Constitución Política(Colombia. Asamblea Nacional Constituyente, 1991)con una concepción post moderna y la adopción de un nuevo modelo de Estado, superando al Estado de derecho para pasar a un nivel de umbral más avanzado, de mayor extensión y efectos íntimamente ligados al reconocimiento de la dignidad del hombre y a otros postulados que lo edifican como el centro de toda actividad y accionar del Estado a través de sus diversas autoridades; ese nuevo Estado es el Estado social de derecho. El Estado social de derecho es un modelo que exige una estructura económica solida ya que pretende garantizar derechos sociales entre los cuales encontramos el derecho a la educación, y que se convierte en uno de los programas bandera no sólo del gobierno nacional, sino del gobierno local. Así, el propósito de la constituyente del año 1991 fue fortalecer las finanzas intergubernamentales, para responder a las necesidades de ese nuevo modelo estatal que requiere una estructura económica fortalecida sobre unos principios fundamentales para corresponder a su realidad social. Por ende, bajo la figura del Estado social de derecho, se han concebido regulaciones de instituciones y tópicos referentes a principios, deberes y valores constitucionales que se hilvanan con el resto de las normas constitucionales, tratados, convenciones y cartas de derechos universalmente aceptadas, que hacen parte del orden jurídico interno a través del bloque de constitucionalidad; existiendo así una estrecha y armónica relación entre la parte dogmática y la parte orgánica, donde se incluye los principios de la hacienda pública como un todo simétrico, diseñado como hilo conductor de todo el engranaje político, jurídico, económico y filosófico que inspiró al constituyente de 1991.En efecto, la nueva Carta Política en aras de fortalecer el fisco y la descentralización territorial no sólo consagró como principio fundante del Estado social y democrático de derecho, la descentralización territorial y la autonomía de los entes que la conforman, sino que amplió el plexus de sus obligaciones y responsabilidades con el firme propósito del cumplimiento efectivo de sus deberes y carga obligacional que desde el centro se trasladó a la periferia intencionalmente para permitir más recursos y mayor participación a las comunidades en el proceso de toma de decisiones políticas.Universidad Libre – Facultad de Derecho – Doctorado en Derech

    Incidencia de las instituciones y de las políticas públicas en el proceso de descentralización en Colombia, participación ciudadana análisis y prospectiva para el desarrollo local

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    Con la Constitución de 1991 se eleva a rango Constitucional el tema de la descentralización en el país al precisar -Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.Magíster en Estudios PolíticosMaestrí
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